Carta de servicios PIF Algeciras

El Puesto de Inspección Fronterizo, en adelante PIF, a los efectos de esta Carta de Servicios, es un centro de inspección portuaria donde realizan sus funciones los distintos organismos y entidades implicados en el despacho de mercancías.

El PIF del Puerto de Algeciras es el único de España que, en función de sus tráficos y horarios, se cataloga como de Primera Categoría y tiene autorización de la Unión Europea para realizar importaciones y exportaciones de todo tipo de productos y de animales vivos, ungulados, équidos y otros animales.
Dentro de la oferta de servicios de un puerto, la calidad de los servicios prestados por los Servicios de Inspección en Frontera (SIF) y por los demás organismos y entidades implicados en el despacho de mercancías, tanto en el proceso de importación como de exportación, es uno de los factores que influye directamente en la cadena de valor de los servicios portuarios. A continuación se detallan dichos organismos y entidades.

La Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras (APBA), es un organismo público que depende del Ministerio de Fomento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena capacidad de obrar, y que se rige por el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Como gestora del Puerto Bahía de Algeciras, es la responsable de la dotación de las infraestructuras e instalaciones necesarias para el ejercicio de los controles e inspecciones en el PIF de Algeciras, así como de otorgar la concesión administrativa a la Entidad Gestora, que es la empresa encargada de la explotación del PIF.

La citada Entidad Gestora realiza la gestión del PIF mediante un procedimiento operativo que ha sido incluido en el Sistema de Gestión de la Calidad UNE EN ISO 9001:2008 certificado específicamente para el apoyo a las labores de inspección en el PIF, a través de actividades de gestión documental, gestión de recursos humanos y materiales, mantenimiento y limpieza de las instalaciones y utilización de un software específico para la intercomunicación entre usuarios y administraciones públicas.

Otra de las entidades implicadas es el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, entidad de derecho y función pública adscrita al Ministerio de Hacienda. Es el encargado de gestionar el servicio del control aduanero y pago de los aranceles e impuestos en los países de destino, que establece la normativa vigente tanto estatal como de la Unión Europea, respecto al comercio de mercancías entre países terceros el cual está sujeto a dicho control.

Conforme al artículo 3 del Código Aduanero de la Unión que establece la misión de las autoridades aduaneras, las mismas serán responsables de supervisar el comercio internacional de la Unión, debiendo contribuir a un comercio justo y abierto, a la aplicación de los aspectos externos del mercado interior y a la ejecución de la política comercial común y de las restantes políticas comunes de la Unión relacionadas con el comercio, así como la seguridad global de la cadena de suministros.

En cuanto a los SIF –Sanidad Exterior, Sanidad Vegetal, Sanidad Animal y SOIVRE- son los servicios de la Administración del Estado que tienen asignadas, entre otras, las funciones de control e inspección de las mercancías, con el fin de asegurar que reúnen las condiciones higiénico-sanitarias, de calidad comercial y seguridad industrial necesarias en las operaciones
de comercio exterior.

La Jefatura del PIF, cuya figura fue creada por Resolución del Ministerio de la Presidencia en el Plan de Medidas para la Mejora de la Sanidad Exterior (BOE no 91 de 17 de abril de 2006), tiene como misión básica la coordinación de los tres SIF dependientes del Ministerio de Presidencia, es decir, Sanidad Exterior, Sanidad Vegetal y Sanidad Animal, a través de la Oficina de Coordinación de la Administración General del Estado en el Campo de Gibraltar y de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz. Los ámbitos de actuación general de estos tres servicios son los siguientes:
– Sanidad Exterior: realiza las funciones encomendadas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en materia de Sanidad Exterior, entre ellas el control y vigilancia de las condiciones higiénico-sanitarias en el tráfico internacional de mercancías (alimentos, géneros medicinales, cosméticos, plaguicidas, productos químicos, animales y vegetales, etc.).
– Sanidad Vegetal: realiza la inspección y control fitosanitario, expedición de certificados fitosanitarios de exportación y autorizaciones de introducción de productos de origen vegetal.
– Sanidad Animal: le corresponde la inspección de animales vivos y de productos de origen animal no destinados a consumo humano así como de la exportación de productos de origen animal de consumo humano.

Por su parte, el SIF Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior (SOIVRE), en su calidad de organismo dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, realiza las siguientes funciones a las que hace referencia el Real Decreto 1165/2005 por el que se modifica la estructura orgánica del Instituto Español de Comercio Exterior, y el Real Decreto 1456/2005 por el que se regulan las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio:
– La inspección y control de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior, incluido el intracomunitario, en cuanto a normas y especificaciones técnicas, envases y embalajes, almacenes, depósitos, medios de transporte, etc. La realización de los controles de conformidad con las normas comunes de comercialización en el sector de frutas y hortalizas frescas. El control de la conformidad respecto a las normas aplicables de seguridad y de etiquetado de determinados productos industriales a importar de terceros países, previo a su despacho a libre práctica, en la forma que reglamentariamente se establezca sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales u organismos de la Administración General del Estado.
– Procedimientos de gestión, en materia de autorización, control e inspección, de los productos ecológicos procedentes de terceros países para el despacho a libre práctica en la Unión Europea.
– La expedición de certificados de conformidad en el desarrollo de actividades de certificación voluntaria y asistencia técnica a empresas y sectores en el ámbito del comercio exterior.
– La emisión de los permisos y certificados sobre productos y especímenes en el ámbito del Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES), así como el desarrollo de las actuaciones de control e inspección derivadas de la condición de la Secretaría General de Comercio de Autoridad Administrativa CITES y órgano de gestión principal según la normativa comunitaria de desarrollo.

En el Anexo I de esta Carta de Servicios está incluida la principal normativa reguladora concerniente a estos organismos y entidades.
Finalmente, indicar que, a los efectos de esta Carta de Servicios, se considera que los clientes de los servicios prestados en el PIF son los cargadores, importadores y exportadores de las mercancías. Por otra parte, se consideran como usuarios de los servicios de inspección, a los transitarios, consignatarios, representantes aduaneros y operadores económicos autorizados.

RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS

En el Puesto de Inspección Fronterizo del Puerto de Algeciras se prestan los servicios que se detallan a continuación:
– Atención al público y tramitación documental (telemática y presencial).
– Coordinación de las actuaciones en contenedores y camiones.
– Inspección documental.
– Inspección física de mercancías.
– Inspección de animales vivos.
– Despacho y salida de la mercancía.

HORARIOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El PIF dispone de una prestación de servicio 24 horas por parte de los diferentes organismos, con los horarios presenciales detallados a continuación y, adicionalmente, conforme a lo establecido en el apartado de “Compromisos” de esta Carta de Servicios:

– Lunes a viernes de 8:30 h a 22:00 h (Excepto Aduanas hasta las 23:00 h).
– Sábados, Domingos y Festivos de 10:00 h a 14:00 h y de 16:00 h a 22:00 h.
– Festivos con horario especial (consultar horario con los organismos y entidades): 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero.

DERECHOS DE LOS CLIENTES Y USUARIOS EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS

De acuerdo con lo dispuesto en la legislación portuaria española, la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras somete su funcionamiento al ordenamiento jurídico privado, salvo en el ejercicio de funciones de poder público.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los ciudadanos tienen derecho a obtener información acerca de los requisitos jurídicos y técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones y solicitudes que se propongan realizar.

FORMAS DE COLABORACIÓN DE CLIENTES Y USUARIOS EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS

Las sugerencias y reclamaciones de los clientes y usuarios del PIF son el medio más eficaz para detectar las posibles desviaciones que se produzcan en el desarrollo de las actividades de prestación de servicio y, por lo tanto, para llevar a cabo acciones de mejora.

En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, podrán presentarse las quejas y sugerencias en las unidades que determinen los diferentes Ministerios funcionales de los que dependen las unidades partícipes en esta Carta.

Asimismo, los clientes y usuarios del PIF podrán canalizar sus sugerencias a través de las asociaciones representadas en la Unidad Responsable de la Carta.
Adicionalmente, la APBA pone a disposición de los clientes, el Servicio de Atención al Cliente (SAC) del Puerto Bahía de Algeciras que nace de la constante preocupación por mejorar la calidad de los servicios y, con el objetivo de ofrecer a los clientes un elemento que proporcione mayor transparencia a la operativa portuaria, facilite la resolución de incidencias de forma rápida, efectiva e integrada, y sea un canal de comunicación directa con la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.

PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS
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Los clientes podrán presentar sus quejas, reclamaciones y sugerencias, a través de los siguientes medios puestos a su disposición por dicho Servicio de Atención al Cliente:

– Formulario de contacto online, desde la página web de la APBA: http://www.apba.es/contacto
– Correo electrónico: atencioncliente@apba.es
– Correo postal: Avda. de la Hispanidad, 2 – 11207 Algeciras
– Hojas de reclamaciones a su disposición en la oficina del SAC sita en la Autoridad
Portuaria de la Bahía de Algeciras

Todas las quejas y sugerencias recibidas serán tramitadas por el SAC, que proporcionará una respuesta razonada en el plazo de diez días hábiles. Para ello, si se solicita información a los SIF o las entidades afectadas, éstas deberán aportar al SAC respuesta razonada en el plazo de siete días hábiles.